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SEGURIDAD ELÉCTRICA PARA PROFESIONALES

Los equipos de protección individual deben cumplir con las exigencias de las directivas europeas:

89/391/ CEE, relativas a la aplicación de medidas con el objetivo de promover la mejora de la seguridad y de la salud laboral de los trabajadores.

89/655/CEE y 89/656/CEE, relativas a las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de equipos de protección individual por los trabajadores.

89/686/CEE, acercamiento de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los equipos de protección individual (marcado CE).

En la práctica, permiten definir:

  • Las protecciones adaptadas a los tipos de riesgo.
  • El nivel de protección más elevado posible.
  • El confort, la ergonomía y la calidad del equipo.
  • La verificación anual de los equipos de protección individual por una persona competente.

Las obligaciones de uso de los equipos de protección individual en las empresas están establecidas por La Directiva Europea 89/656.

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