Los equipos de protección individual deben cumplir con las exigencias de las directivas europeas:
89/391/ CEE, relativas a la aplicación de medidas con el objetivo de promover la mejora de la seguridad y de la salud laboral de los trabajadores.
89/655/CEE y 89/656/CEE, relativas a las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de equipos de protección individual por los trabajadores.
89/686/CEE, acercamiento de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los equipos de protección individual (marcado CE).
En la práctica, permiten definir:
Las obligaciones de uso de los equipos de protección individual en las empresas están establecidas por La Directiva Europea 89/656.